domingo, 9 de julio de 2017

JUSTICIA PARA RICOS, JUSTICIA PARA POBRES…
¿ Y QUÉ MAS…?

La Audiencia Provincial de Barcelona ha acordado sustituir la pena de 21 meses de cárcel impuesta al internacional argentino del FC Barcelona Lionel Messi, por tres delitos contra la Hacienda Pública, por una multa de 252.000 euros.

En un auto de ejecución de sentencia, la sección octava de la Audiencia Provincial de Barcelona, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, ha decidido sustituir las tres penas de siete meses de cárcel impuestas al astro argentino por una multa, por valor de 400 euros por cada día de condena, lo que suma un total de 252.000 euros.

            (Periódico de Cataluña del 7 de julio). 

            La noticia es patética. Produce vergüenza ajena. Es cómica y trágica a la vez.

            Es legal, sin duda. Lo permite la Ley, pero es inmoral.

            No es un caso único. Hay otros muchos que aparecen en los medios como cosa normal.

            Yo no sé si los Sres/as Magistrados de la Audiencia Provincial de Barcelona, ni el Fiscal proponente de tal sustitución de pena, son conscientes de que este resultado es una burla a la Justicia.

            Empecemos por diferenciar. Digamos que la Administración de Justicia puede no tener nada que ver, paradójicamente, con la Justicia.

            Y por mucho que haya que respetar los Fallos judiciales, éstos son absolutamente susceptibles de ser criticados con arreglo a la razón, a la lógica y a los principios generales del Derecho y a los principios y valores tanto del Derecho Penal como de la Constitución Española.

            Por de pronto, con su facultad omnímoda de aplicar la legislación penal en materia de sustitución de condena se han cargado de un plumazo el sagrado principio de la igualdad de los españoles ante la Ley. ¿Se imagina el lector la condena que le hubiera caído de haber defraudado a la Hacienda Pública 4´1 millones de euros mediante el engaño de haber creado aparentes cesiones a sociedades radicadas en Paraísos Fiscales? Seguro que a nosotros, ciudadanos de a pie, no nos hubieran mimado con 21 meses de prisión.

           Pero los Magistrados no contribuyen con su fallo a dar respuesta a los principios inspiradores del Derecho Penal español.

       La pena tiene en nuestro Derecho un fin principal, el punitivo, el castigo propiamente dicho. Tiene igualmente un fin rehabilitador. Y tiene un fin moralizante.

            El punitivo.- Es un sarcasmo considerar que con esta conversión de la pena privativa de libertad en sanción económica por importe de 252.000 euros al condenado Sr. Messi le supone algún castigo su acción defraudatoria en perjuicio de la Hacienda Pública. Probablemente el condenado, dada su fortuna, pudiera considerar esta multa como una propina por el buen servicio del personal del Hotel.

            Lo que nos deja preocupados es pensar que los Sres Magistrados y el Sr. Fiscal no tengan claro que esta condena económica es como que de coña.

            Y también nos deja preocupados es el que por mucho, por muchísimo menos, hay miles de ciudadanos no ricos en prisión.

            Ahora examinamos el principio rehabilitador.- ¿Alguien nos podría decir de qué le sirve al condenado Sr. Messi la sustitución de su condena privativa de libertad por otra económica de tres al cuarto ? ¿Para rehabilitarle ?  O sea, que en adelante va a ser un chico bueno y va a presentar todas sus ganancias al Fisco español? … Espero que los lectores no participen de los rasgos de ingenuidad que el Sr. Fiscal ha exhibido hasta ahora…
            En cuanto al efecto moralizante es un portento. El resultado de esta medida judicial es justamente el contrario. Es realmente desmoralizador para la ciudadanía observar cómo los ricos y los famosos obtienen penas de risa a desmanes y hechos delictivos realizados desde la oscuridad protegida de ingenierías fiscales de Gabinetes especializados, o desde despachos muchas veces cercanos al Poder, y siempre apartados del riesgo de aparecer con sus nombres pues siempre hay testaferros que cobran lo suyo.
            Y es no menos desmoralizador que, cuando termina descubriéndose el pastel, y gracias a un Fiscal perseguidor que se lo toma en serio termina produciéndose un proceso público que las más de las veces solo sirve para que la prensa venda morbo y espectáculo, la ejecución de las suaves penas no llega ni a tener el fin moralizante al que aspira la Ley penal, pues se termina produciendo estas sustituciones a la carta que impiden el que el famoso personaje no llegue ni a conocer una prisión.

            Con lo que ni moralizante ni nada. El personal de la calle seguirá pensando que ésta es una Justicia de broma, y seguirá admirando a los que pudieron conseguir salir airosos de los grandes fraudes, fiscales o no, gracias a una Justicia benévola para los infractores, personajes públicos y de postín para los que la Ley no termina siendo, ni mucho menos, la que se aplica al resto de los españoles.

            Vergüenza es la palabra.
           





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